El 25 de octubre de 2020 se celebró el plebiscito para preguntar al pueblo de Chile si aprueba cambiar el texto constitucional o rechazar esa alternativa. 80% Apruebo, 20% Rechazo. ¿Por qué llegamos a este punto? Porque un año antes, a partir de octubre de 2019, surge un movimiento social de fuerza inusitada que reclama sobre las estructuras que fundan el modelo de desarrollo chileno, heredado de la dictadura militar y profundizado en democracia. Uno de los eslóganes de ese movimiento ciudadano, inorgánico, difuso y masivo, es que no son 30 pesos, son 30 años. En efecto, el alza de 30 pesos en el valor del viaje de transporte en el metro de Santiago es la causa desencadenante, inmediata, pero hace años se estaban incubando las razones que, en algún momento, iban a generar un estallido, y esas razones las podemos sintetizar en una idea: injusticia y desigualdad en las condiciones materiales de existencia. Chile puede comenzar una discusión constitucional en serio, proceso que tardará un par de años. Sin embargo, por primera vez en nuestra historia, un texto fundamental surgirá desde las bases, de abajo hacia arriba. Y, en este escenario, se abre también la posibilidad inédita de plasmar en la Constitución las bases fundamentales de nuestra convivencia de aquí y para las futuras generaciones. Como antaño el estado de derecho parecía una utopía, hoy estamos ante la posibilidad cierta de constitucionalizar una nueva fórmula política que impactará a la ley y la Administración: Chile es un Estado social y democrático de derecho.
Por lo mismo, presento mi disponibilidad para ser electo por la ciudadanía como convencional constituyente por el distrito 17. Soy independiente en la coalición Unidad Constituyente. Mis compromisos son los siguientes:
- He sostenido que la Convención debe contar con un abultado número de independientes, pero cuando pienso en independientes no lo hago como una santificación de la ausencia de filiación. Sería un error pensar que el independiente está inmune a las ideas políticas. Espero que los independientes sean reconocidos por su militancia social, por su compromiso con causas, pero que cuenten con una trayectoria que demuestre ese compromiso. Lamentablemente, las modificaciones legales en torno a los independientes sólo lograron aligerar los requisitos y trámites para inscribir candidaturas, pero no se logró un acuerdo para que independientes se incorporaran a las listas de los pactos electorales más fuertes. Por lo mismo, se abre una amenaza para el proceso: por el funcionamiento del sistema electoral, será del todo ineficiente para los proyectos transformadores que los y las independientes vayan en listas adicionales pues eso producirá la dispersión de votos castigando la falta de unidad programática. Soy un independiente comprometido hace años con un constitucionalismo transformador.
- Creo genuinamente que la Constitución no puede ser obra sólo de la Convención. La disputa constitucional es fruto de la movilización social, por tanto, la discusión debe ser pública y “de cara” a la ciudadanía. Por esta razón, dos cuestiones son absolutamente necesarias: i. El proceso en la Convención debe ser fiel al mandato de publicidad y transparencia. Los debates de sala y comisión deben ser abiertos, los ciudadanos tenemos no sólo el derecho sino que se impone el deber de conocer las votaciones, porque los convencionales son representantes de un programa que deben honrar; ii. Deben establecerse metodologías para que la Convención escuche e incorpore el diálogo constitucional de los territorios. Hay experiencias comparadas que se pueden revisar pero también el método usado en los Encuentros Locales Autoconvocados puede ser tenido a la vista.
- En términos constitucionales, la actual Constitución es ejemplo emblemático de un déficit democrático. Por lo mismo, debemos transitar hacia un modelo constitucional en que sólo exista legitimidad de origen, sino que también un compromiso democrático y social con su contenido. Son muchas las dimensiones que deben ser acometidas, sin embargo, algunos de los compromisos básicos son los siguientes:
- Constitucionalizar el Estado social y democrático de derecho. ¿Qué significa que la cláusula Estado social se encuentre en la Constitución? ¿Se trata de una disposición programática? Esta cláusula, al figurar en la Constitución, excluye una interpretación radicalmente individualista de los derechos fundamentales. La apertura de los conceptos unida a una lectura dinámica de la convivencia permite que la interpretación pueda adaptarse a las cambiantes circunstancias sociales, políticas o económicas y evitar el peligro de una petrificación del derecho.
- Fundamentación de los derechos fundamentales. La dignidad de la persona, como una nota adscriptiva a todas nosotras y nosotros. Esta fundamentación tiene efectos para la comprensión de la libertad e igualdad: libertad como ausencia de dominación (no la igualdad formal) que permita nuestra emancipación y la disputa de condiciones opresivas estructurales.
- Derechos sociales. Los derechos sociales los entiendo desde el constitucionalismo transformador. Bajo esta perspectiva, “los derechos sociales apuntan a concretar el ideal de ciudadanía como una forma de membresía y pertenencia común o igualitaria. Para que esa pertenencia sea igualitaria, y por lo tanto avance más allá de la pura pertenencia formal, los derechos sociales asumen la labor de contribuir a eliminar las brechas de membresía a la comunidad política y no pueden aparecer como subsidios caritativos que solo se ofrecen a ciertas personas – quienes están peor situadas o en condiciones de pobreza extrema” (Lovera, 2019: 118).
- Estado plurinacional. Frente a esta realidad, no sólo se trata de una reparación con los pueblos originarios en Chile, sino que es el reconocimiento de una realidad. Será la ley quien debe determinar los efectos políticos y jurídicos de esta declaración.
- Una Constitución con perspectiva de género. ¿Puede la Constitución favorecer agendas de cambio social relacionada con desigualdades estructurales? Ferrajoli resume que el constitucionalismo como una historia de ampliación progresiva de la esfera de los derechos y de sus garantías, de suerte que el paradigma constitucional contemporáneo puede caracterizarse como un sistema de límites y vínculos al poder, susceptible de ampliarse a cualquier poder (público privado), para garantizar derechos. En término de igualdad, por cierto la actual comprensión va más allá de lo formal. En el caso de las demandas de género, suscribo lo que ha señalado Mackinnon, quien reconoce el carácter estructural de la desigualdad de género y, por lo tanto, que es rígida. La transformación duradera en este punto depende del activismo, pero con lógicas de estrategia: “el dominio de acción, la elección táctica de momentos de iniciación, la dinámica de intervención y retroceso y su anticipación, y los efectos colaborativos de la recursividad colectiva”. La Constitución debe ser la puerta de entrada para esta transformación que ya está en marcha.
- Cambio en el diseño del sistema político. Las relaciones de poder en nuestra democracia representativa permiten caracterizar nuestro modelo orgánico con la figura utilizada por Roberto Gargarella: la sala de máquinas de la Constitución. Para un ejercicio democrático participativo y con mejor calidad en la deliberación, Gobierno y Congreso deben ser revisados en cuanto a sus competencias y diseño. Me inclino por un modelo de régimen semipresidencial.
- Tribunal Constitucional. Eliminar control preventivo, pero si persiste, el control debe limitarse a control de competencias o procedimiento de formación de la ley, jamás control sustantivo. En cuanto al control represivo, aumentar quorum de decisión, control de admisibilidad más severo, de esta manera se evita que el reclamo en el TC se transforme en una nueva “instancia”. Asimismo, los ministros deben tener responsabilidad política: autoridades sin responsabilidad y sin control devienen en despóticas. Control político existe respecto de importantes autoridades autónomas, por ejemplo, miembros de CS, CGR. Defiendo, en todo caso, la idea que el control en TC sea en base a paradigma de “constitucionalismo débil”, modelo sudafricano.
- Sobre la Constitución Económica. La Constitución económica no es inmune a condicionamientos políticos. En el caso de la Constitución chilena, estos condicionamientos han favorecido el desarrollo de un modelo caracterizado por una radical abstención del Estado en la economía. Cualquiera que esta sea, una Constitución económica se funda en una teoría política, en que su orientación responde a una visión del mundo y la sociedad en un momento determinado. El concepto de Constitución económica es contingente y se desarrolla bajo un lenguaje equívoco. La imposibilidad de predicar certeza y estabilidad de su significación axiológica no implica su inutilidad, puesto que se puede reorientar su comprensión hacia principios alternativos mediante una labor interpretativa, cuando se puede, o una modificación del texto constitucional. Al modelo clásico de Estado liberal, que sólo garantiza derechos individuales y limitaciones para el Estado, se impone otro modelo, el Estado social, que integra en una fórmula unitaria el principio de los derechos individuales —expresados en el campo económico por el derecho de propiedad y las libertades de iniciativa económica— con el principio de solidaridad. Así, el Estado deja de ser árbitro neutral de la actividad privada de los particulares, que sólo establece reglas dentro de las cuales los particulares pueden actuar libremente. Al contrario, se hace responsable de que se mantengan las condiciones de las que depende el mercado y la libre determinación de los particulares junto a un equilibrio social. Estas condiciones no son obra de una legalidad natural sino que son producidas por la actividad normativa (la ley y/o potestad reglamentaria). Por lo tanto, en este tiempo es necesario un nuevo rol para el Estado, no sólo como agente económico sino que también en lo relativo a derechos sociales.
Christian Viera Álvarez
Distrito 17
A tu disposición estimado Christian y apoyando totalmente el democrático norte elegido en tus objetivos.
Fuerte abrazo.
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